Metodología

Cinco fases del acompañamiento laboral

Un recorrido estructurado desde la primera llamada hasta la entrega de finiquitos, pensado para procesos de extinción colectiva y despidos objetivos.

Diagrama de fases del proceso de consultoría en extinción de contratos
  1. I

    Contacto y confidencialidad

    Reunión inicial de sesenta minutos, presencial en Trascueto o por videoconferencia. Firmamos acuerdo de confidencialidad antes de compartir datos de plantilla. Recopilamos información básica: sector, número de trabajadores, causa prevista y plazos deseados.

  2. II

    Auditoría documental

    Revisamos contratos, convenio colectivo, nóminas de referencia, balances de los tres últimos ejercicios y actas de comité previas. Entregamos un informe de viabilidad con alternativas menos lesivas cuando existen.

  3. III

    Redacción del expediente

    Elaboramos la memoria de causas, el plan de extinción o el expediente de despido objetivo con cartas, finiquitos modelo y calendario de actuaciones. El cliente valida cada documento antes de cualquier comunicación externa.

  4. IV

    Negociación y consultas

    Asistimos en las reuniones con la representación legal de los trabajadores. Tomamos acta de cada sesión y proponemos ajustes sobre indemnizaciones, prejubilaciones o recolocaciones internas.

  5. V

    Cierre y seguimiento

    Comunicaciones finales a trabajadores y, si procede, registro ante inspección o autoridad laboral. Revisamos finiquitos individualizados y resolvemos dudas durante quince días tras la firma del acuerdo o la comunicación de despidos.

Plazos habituales

Un despido objetivo individual puede resolverse en dos a cuatro semanas. Una extinción colectiva suele requerir entre dos y tres meses, incluido el periodo de consultas legal. Los ERTE temporales se tramitan en uno a tres semanas según la rapidez de la autoridad laboral.

Documentación que conviene preparar

  • Relación de plantilla con antigüedades, categorías y centros de trabajo.
  • Cuentas anuales depositadas y previsión de tesorería a seis meses.
  • Convenio colectivo de aplicación y acuerdos de empresa vigentes.
  • Actas de comité o comunicaciones previas con delegados.

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